Rocío Fernández, contra la quita de pensiones, augura “masividad de amparos”
La Defensora del Pueblo de Escobar plantea la inconstitucionalidad del Decreto 432/97. “A las personas con discapacidad, es decir, se las reconoce como sujeto de derecho”, manifestó.
La Dra. Rocío Fernández también se sumó al repudio por la decisión del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación relacionada con la suspensión, quita o eliminación de pensiones no contributivas por invalidez.
Consecuentemente, solicita su inaplicabilidad y que se retrotraigan las medidas adoptadas con miles de beneficiarios, que vulneran en sus derechos. Ello, en virtud de la manda Constitucional, que establece que las personas con discapacidad son sujeto de derechos, y no objeto de asistencialismo. Y así deben ser reconocidos por el Estado.
En virtud de las suspensiones y bajas de pensiones a personas con discapacidad, los Defensores del Pueblo de la Argentina, manifestaron unánimemente su profunda preocupación a la Asociación que los nuclea ADPRA -Asociación Defensores del Pueblo de la República Argentina- de la cual Fernández reviste carácter de secretaria general.
Desde ADPRA se realizaron gestiones a fin de celebrar una audiencia con el Gabinete de Desarrollo Social del Ministerio Nacional, con el objeto de manifestar la necesidad de que se deje sin efecto la aplicación de la medida, en virtud de considerarla lesiva de derechos de uno de los sectores más vulnerables de la sociedad, como son las personas con discapacidad. En ese contexto, manifestó la Defensora también, que dichas pensiones, en muchos casos tienen carácter alimentario, y su baja o suspensión está causando enormes perjuicios sociales.
Por su parte, la Dra. Rocío Fernández afirmó enfáticamente que la aplicación del Decreto 432/97deviene en inconstitucional a la luz de la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad, que desde el año 2014 ha sido ratificada por el Congreso y goza de Jerarquía Constitucional en los términos de art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.
Así pues expresa: «Ante el análisis de dicha norma superior, observamos el cambio de paradigma en torno a las personas con discapacidad, es decir, se las reconoce como sujeto de derecho, perdiendo el carácter de objeto de asistencialismo por parte del Estado». Advirtiendo que “de persistir el Estado Nacional con esta medida, avizoro irremediablemente una masividad de amparos en resguardo de los derechos de este universo de ciudadanos”.
Sin perjuicio de lo manifestado, Fernández agregó que “en el supuesto de verificar el Estado una irregularidad en el otorgamiento, debe en primer lugar, notificar fehacientemente al beneficiado la situación, a los efectos de que el mismo, tenga oportunidad de ejercer su derecho de defensa”.
Atención a escobarenses
Desde la Defensoría del Pueblo de Escobar recalcaron que aquellos vecinos del Distrito que hayan sido vulnerado en ese derecho, como en cualquier otro, pueden acercarse a su nueva sede ubicada en la calle Estrada 633. Los teléfonos de contacto son: 0348 4420177 / 4430493.