«Chicharra» pide que todos los empleados municipales sepan primeros auxilios
Presentó un proyecto de ordenanza que tiene por finalidad disponer la capacitación obligatoria de los empleados municipales en la atención primaria básica y las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar.
Juan Carlos Toledo (HACE) presentó un proyecto de Ordenanza en el Concejo Deliberante de Escobar donde pide que los empleados municipales sean capacitados en primeros auxilios.
«Si al momento que una persona pierde el conocimiento y deja de respirar, no hay otra que desde el momento “cero” comprima su pecho con la manos, según estadísticas mundiales su chance de sobrevivir es de 0,6% a 0,8%, dado que luego de los 4 minutos de que le cerebro no recibe sangre, éste empieza a disminuir su capacidad neuronal a un 10% por minuto», justificó el edil oficialista.
«El conocimiento de las Técnicas de Reanimación Cardio Pulmonar (R.C.P.) posibilita que a la hora de un paro cardíaco se pueda asistir a la víctima y así aumente significativamente las chances de sobrevida», añadió.
El articulado del expediente, presentado recientemente, es el siguiente:
Artículo 1º: La presente ordenanza tiene por finalidad disponer la capacitación obligatoria de los empleados municipales en la atención primaria básica y las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar (RCP) a efectos de proveer los conocimientos básicos para enfrentar situaciones de riesgo de vida, en lugares públicos o de jurisdicción municipal de concurrencia masiva o de alto riesgo en el Distrito de Escobar.
Artículo 2º: A los fines de la presente ordenanza, se considera:
a) Primeros Auxilios: a la atención inmediata que una persona, sin conocimientos técnicos, puede brindarle a una víctima de una enfermedad o una lesión antes de la llegada del Sistema de Emergencias Médicas, y
b) Reanimación cardiopulmonar (RCP): al conjunto de maniobras temporales y normalizadas internacionalmente destinadas a asegurar la oxigenación de los órganos vitales cuando la circulación de la sangre de una persona se detiene súbitamente, independientemente de la causa que lo produjo.
Artículo 3º: Institúyase de manera obligatoria, dos (2) jornadas anuales destinadas a la formación y capacitación en las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar (RCP) a efectos de proveer los conocimientos básicos para enfrentar situaciones de riesgo de vida, a los empleados municipales que desempeñen habitualmente tareas en los centros educativos, sociales, deportivos, recreativos y culturales municipales o cumplan mayormente tareas en la vía pública, tales como: Polideportivos, Teatro, Centros Maternales y Hogares de Tránsito, personal de Tránsito y Preventores, siendo la lista meramente enunciativa.
Artículo 4º: La Dirección Municipal de Defensa Civil será la responsable de elaborar y desarrollar la capacitación estatuida por medio del artículo 1º.
Artículo 5°: La autoridad de aplicación extenderá los certificados de capacitación correspondientes acreditando la realización de la misma.
Artículo 6º: Se encuentran exentos de instruirse en las técnicas de Reanimación Cardio Pulmonar (R.C.P.) a través de C.T.P.O., el personal municipal que certifique poseer dichos conocimientos por su formación académica y/o actividad profesional.
Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo reglamentará los aspectos necesarios para la efectiva implementación de la presente ordenanza.
Artículo 8º: Los gastos que demande la ejecución de la presente ordenanza, serán imputados a las partidas correspondientes de los Presupuestos de Gastos.