Semanario Regional

Main Menu

  • Inicio
  • Interés gral.
  • Política
  • Deportes
  • Cultura
  • Opinión
  • Nacionales
  • Conurbano
  • Economía
  • Educación
  • Provincia
  • Policiales
  • Judiciales
  • Legislativas
  • Gestión municipal
  • Salud
  • Tecnología

logo

El tiempo - Tutiempo.net

Semanario Regional

  • Inicio
  • Interés gral.
  • Política
  • Deportes
  • Cultura
  • Opinión
  • Nacionales
  • Conurbano
  • Economía
  • Educación
  • Provincia
  • Policiales
  • Judiciales
  • Legislativas
  • Gestión municipal
  • Salud
  • Tecnología
Interés general
Home›Interés general›Más de 44.000 vecinos no votaron en Escobar

Más de 44.000 vecinos no votaron en Escobar

By admin
agosto 11, 2015
1203
0

El 73,66% del electorado escobarense se acercó a las urnas. Si bien el clima puede ser un factor importante, el promedio habitual ronda el 80%. Por otro lado, más de 12.600 personas decidieron votar en blanco.

 

Según datos oficiales y sin el total de las 486 mesas cerradas, trascendió que 44.761 personas no acudieron a votar este domingo en el Partido de Escobar, cifra menor que en comicios anteriores. Este año, la cantidad de electores es la más alta: 169.936.

 

¿Qué deben hacer quiénes no votaron?

 

El elector que no haya votado deberá hacer la justificación de no emisión del voto. Se debe realizar en la Secretaría Electoral correspondiente a su último domicilio, o en la Cámara Nacional Electoral en el horario de 7.30 a 13.30 de lunes a viernes con su DNI y el comprobante/certificado.
Al que justifique se le entregará una “Constancia de no emisión del voto”, el tener dicha constancia basta para no figurar en el Registro de Infractores al deber de votar.

¿Cuál es el plazo para justificar la no emisión del voto?
Dentro de los 60 días corridos posteriores a la elección deberá concurrir a la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta. También podrá dirigirse a la Cámara Electoral. La Cámara Electoral creó el “Registro de infractores al deber de votar”, en el cual figuran los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión. La no inclusión de una persona en dicho registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión.

¿Qué debe hacer el ciudadano que no pudo votar por no figurar en el padrón? 
Deberá hacer el reclamo ante la Justicia Electoral a fin de ser incluido en el padrón para las próximas elecciones. Si por alguna razón requiriera certificar esa circunstancia deberá dirigirse a la Justicia Electoral.

¿Qué sucede si el elector no tenía su DNI el día de los comicios?
El ciudadano deberá presentarse ante la Justicia Electoral el día del comicio y hasta 60 días después con la constancia de DNI en trámite o la denuncia policial de extravío (de fecha anterior a la elección) a fin de justificar la no emisión del voto.

¿Qué debe hacer quien se encontraba a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación?

Deberán presentarse el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá una certificación escrita que acredite la comparecencia. Dicha constancia deberá luego ser presentada ante la Justicia Electoral, dentro del plazo de 60 días corridos desde el día de la elección.

¿Qué pasa si un ciudadano estaba enfermo el día de los comicios?
En caso de que el elector se encuentre enfermo o imposibilitado por razones de fuerza mayor que le impida asistir al acto esas causales deberán ser justificadas por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. Los mismos harán entrega del certificado médico correspondiente, que deberá ser presentado oportunamente ante la Justicia Electoral.

¿Qué sucede si el interesado tiene la constancia que justifica su ausencia pero no realiza el trámite?
Para no ser considerado infractor al deber de votar, los ciudadanos que por las causales previstas por ley no se presenten a votar deberán presentar, dentro del plazo establecido, las constancias correspondientes en la Justicia Electoral a fin que le sea justificada la ausencia.

¿Qué pasa si un ciudadano fue a votar pero no le entregaron la constancia de emisión del voto (troquel)?
Si el elector votó pero olvidó retirar la constancia y, eventualmente, aparece en el registro de infractores al deber de votar, deberá presentarse ante la Justicia Electoral a fin de que se verifique la existencia de su firma en el padrón y así ser suprimido del mencionado registro. Es importante que el elector solicite a la autoridad de mesa la entrega de la constancia de emisión de voto firmada por el presidente de mesa, así como es su deber firmar el padrón una vez que la reciba.

¿Qué pasa si la autoridad de mesa le entregó al ciudadano un troquel que no le corresponde?
Si el elector concurrió a votar pero le entregaron un troquel que corresponde a otra persona puede efectuar el reclamo en el mismo sitio de Internet o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio o a la Cámara Nacional Electoral, con su documento (DNI – LE – LC) y el troquel que posea.

¿Qué pasa si el elector pierde la constancia?

Los electores que pierdan su troquel o requieran, por algún otro motivo, una constancia que acredite que no se encuentra registrado como infractor podrán imprimirla del sitio de Internet de la Cámara Electoral: www.electoral.gob.ar

¿Hasta cuándo es aconsejable guardar el troquel?
Hasta tanto el elector no verifique que no se encuentra en el Registro de Infractores al deber de votar es aconsejable que guarde el troquel, dado que si por alguna circunstancia a pesar de haber emitido su voto se encuentra en dicho registro, le servirá como prueba ante la justicia nacional electoral para que corrobore la emisión del voto.

¿Cómo puede hacer un elector para saber si figura como infractor?
La Justicia Nacional Electoral habilitó en su sitio de Internet la consulta al registro de infractores al deber de votar para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor y regularizar su situación o efectuar el reclamo que estime pertinente.

¿Qué debe hacer el elector que figura en el registro de infractores pese a haber votado?
Si el elector concurrió a votar y posee el troquel que así lo acredita, pero aparece como infractor en la consulta al Registro de Infractores, puede efectuar el reclamo en el mismo sitio de Internet o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio o a la Cámara Electoral, con su documento (DNI – LE – LC) y el troquel.

¿Cuáles son las sanciones por no votar?
Los infractores al deber de votar no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección, además el infractor que no pagare la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales.

¿Cuál es el monto de la multa?
Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales –primarias o generales- la multa será de $50. El monto de la segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la primera infracción. Aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios deberán pagar una multa de $ 150 (ciento cincuenta pesos). La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral. Luego de realizar el pago se recomienda imprimir la constancia de no inclusión en el registro de infractores.

 

También por la Web

 

La Cámara Nacional Electoral habilitó la posibilidad de enviar a través de la web de un archivo que permita acreditar una razón válida para no haberse acercado a las urnas durante las Paso desarrolladas hoy en todo el país.

La solicitud de justificación de no emisión del voto está disponible en la página de la Cámara, en la sección Registro de Infractores. El usuario deberá allí realizar su consulta, introduciendo su nombre, apellido y documento.

Luego aparece una opción para elegir la razón por la que no se asistió a votar y la posibilidad de enviar un documento adjunto que acredite esa ausencia.

Compartir en:
WhatsApp

Comentarios

comentarios

TagseleccionesEscobarPASO
Cargando...
Nota Anterior

Sujarchuk, tras el triunfo: “Unidos consolidaremos la ...

Nota Siguiente

Oferta semanal de empleos y capacitaciones



Notas Relacionadas More from author

  • Espectáculos y culturaInterés generalslider

    La plaza de la estación, dos opciones y miles de personas

    mayo 5, 2014
    By admin
  • Interés general

    Escobar, séptima ciudad con mayor cantidad de venta ilegal del país

    septiembre 22, 2015
    By admin
  • Nacionales

    Casi un 30% de las fuerzas políticas que compitieron quedó afuera de la carrera para octubre

    agosto 14, 2017
    By admin
  • Política

    Leandro Costa presentó sus propuestas a estudiantes del Colegio Belgrano

    julio 2, 2015
    By admin
  • Saludslider

    92 contagios y tres fallecidos, el parte escobarense de este domingo

    septiembre 27, 2020
    By Gustavo García
  • Espectáculos y culturaInterés general

    La Chechela adelantó el festejo de Pascuas

    abril 19, 2014
    By admin

logo

De Gustavo García - Docente y Periodista
Recibido en la Universidad Católica Argentina

  • redaccion@semanario-regional.com.ar
  • 011 2118 4254 / 0348 154 364353
ISArgentina
  • Notas Recientes

  • «Apelamos a la responsabilidad y colaboración colectiva»

    By Gustavo García
    mayo 17, 2025
  • Mariano Castagnaro criticó duramente al gobernador Kicillof por las inundaciones: «Estamos mal porque se vota ...

    By Gustavo García
    mayo 17, 2025
  • Escobar y sus barrios, con agenda en mayo y junio

    By Gustavo García
    mayo 17, 2025

Menú

  • Inicio
  • Quiénes somos
  • Publicite en semanario regional
  • Contacto
  • Números útiles


Diseño páginas web
  • Inicio
  • Quiénes somos
  • Publicite en semanario regional
  • Contacto
  • Números útiles