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Home›Interés general›DISPO, cómo es la nueva etapa que rige hasta fin de mes

DISPO, cómo es la nueva etapa que rige hasta fin de mes

By Gustavo García
noviembre 9, 2020
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Con mayores libertades para las actividades que no pueden superar el límite de 10 personas y mayor libertad en la circulación dentro del aglomerado, comienza a regir este lunes la nueva etapa. Sin embargo, siguen prohibidas otras actividades.

 

El distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO) comenzó a regir desde hoy en la Ciudad de Buenos Aires y 35 partidos del conurbano bonaerense, en reemplazo del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO), que se había puesto en marcha desde el comienzo de la pandemia.

Según lo establecido por el Decreto 875/20, publicado el sábado último en el Boletín Oficial, el DISPO estará vigente desde hoy y hasta el 29 de noviembre inclusive.

 

Circulación de personas

Según se establece, “queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio por fuera del límite del aglomerado, departamento o partido donde residan, salvo que posean el Certificado Único Habilitante”.

El decreto recuerda la necesidad, en esta nueva etapa, de mantener las normas de higiene y seguridad para prevenir la expansión del virus, entre las cuales se nombran “mantener entre las personas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades”.

En el AMBA, “el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a la actividad gastronómica será de un máximo del 30%” de la capacidad total.

Las actividades que siguen prohibidas

Las actividades prohibidas durante el DISPO, en tanto, son los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez personas.

También quedan prohibidos “los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.

Tampoco se permite la “práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de metros entre los y las participantes”.

En la nueva etapa, están prohibidos cines, teatros, clubes y centros culturales, y el servicio público de pasajeros sólo está habilitado para los casos expresamente autorizados.

 

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TagsASPODISPOdistanciamiento social preventivo y obligatorio
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